VINCULACIÓN LABORAL: Los aprendices que cuenten con vinculación laboral o contractual, pueden registrarla como práctica y las funciones desarrolladas deben estar relacionadas con el programa de formación en el que se encuentre matriculado. Siempre y cuando el aprendiz esté en etapa lectiva en el último semestre de la formación para los tecnólogos; en el último trimestre para los técnicos; o estar en etapa productiva para ambos casos. *Aplica restricciones.
Puede registrar esta modalidad dentro de la etapa lectiva, con la carta de funciones y al finalizar los 6 meses presentar el segundo certificado laboral para verificar que sí estuvo 6 meses en la empresa.